Derechos de los pasajeros

Reglamento (CE) nº 261/2004

Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) nº 295/91.

Nuestra política es hacer todo lo que esté en nuestra mano para mantener una operación puntual. No obstante, si su vuelo se ha cancelado o retrasado considerablemente o si se le ha denegado el embarque en un vuelo para el que tenía una reserva confirmada, le asisten los derechos definidos en el Reglamento (CE) nº 261/2004.

Validez

Se aplicarán las siguientes normas:

  • a los pasajeros cuyo vuelo regular salga de un Estado miembro de la UE o a los pasajeros cuyo vuelo regular sea con una compañía aérea de la UE y salga de un tercer país para llegar a un país de la UE, siempre que los pasajeros no hayan recibido ninguna compensación o ayuda económica en ese tercer país,
  • a condición de que disponga de una reserva confirmada en el vuelo de que se trate y se presente a facturación a la hora indicada o, si no se indica hora alguna, como muy tarde 45 minutos antes de la hora de salida publicada;
  • sólo a condición de que viaje con una tarifa disponible para el público y su vuelo esté bajo el número de vuelo 6Y/ART de SmartLynx Airlines.

Retrasos

Cuando se prevea que su vuelo va a sufrir un retraso importante, tiene derecho a recibir atención por parte de la compañía aérea. Esto incluye comidas y refrescos en relación razonable con el tiempo de espera, posiblemente alojamiento en hotel, incluidos los gastos de transporte, y la oportunidad de hacer dos breves llamadas telefónicas o enviar dos faxes o correos electrónicos. La compañía aérea no está obligada a prestar esta atención si usted es responsable de un nuevo retraso de su vuelo de salida.

Dependiendo de la duración y las circunstancias del retraso de su vuelo, es posible que pueda reclamar una indemnización con arreglo a la normativa comunitaria EC261.

Si tiene derecho a una indemnización por retraso de vuelo, el importe que le corresponda dependerá de la duración del retraso y de la distancia del vuelo:

A - Para todos los vuelos de 1.500 km o menos - €250
B - Para todos los vuelos intracomunitarios (de Europa a Europa) de más de 1.500 km o para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km - €400
C - Para todos los vuelos no incluidos en las categorías A o B, a excepción de los vuelos con un retraso inferior a cuatro horas - €600

Sin embargo, no todos los vuelos con un retraso superior a tres horas pueden optar a la ayuda: depende de las circunstancias del retraso. Tales circunstancias pueden darse, en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas, riesgos de seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad de los vuelos y huelgas que afecten a nuestra explotación.

Tampoco habrá compensación si se informa a los pasajeros del cambio de horario de un vuelo al menos dos semanas antes de la fecha de salida.

Embarque denegado

Si se le deniega involuntariamente el embarque en un vuelo que ha reservado, tiene derecho a recibir atención por parte de la compañía aérea, tal y como se describe más arriba en el apartado "Retrasos". Además, se le ofrecerá un transporte alternativo al destino final del vuelo reservado, excepto cuando existan motivos razonables para denegar el embarque, como razones de salud, seguridad o documentación de viaje inadecuada.

Si esperamos razonablemente denegar el embarque en un vuelo, primero buscaremos voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de beneficios en las condiciones que se acuerden entre el pasajero en cuestión. Si no se presenta un número suficiente de voluntarios y le denegamos el embarque contra su voluntad, le indemnizaremos:

a) 250 EUR para todos los vuelos de 1500 km o menos;
b) 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios o de más de 1500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 kilómetros;
c) 600 euros para todos los vuelos no incluidos en a) o b).

Cuando se ofrezca a los pasajeros un transporte alternativo a su destino final en un vuelo alternativo cuya hora de llegada no supere la hora prevista de llegada del vuelo reservado inicialmente

  • en dos horas, para todos los vuelos de 1 500 kilómetros o menos o
  • en tres horas, para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1 500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1 500 y 3 500 kilómetros o
  • en cuatro horas, para todos los vuelos no incluidos en a) o b), la indemnización se reducirá en un 50%.

Para determinar la distancia, se tomará como base el último destino en el que la denegación de embarque retrase su llegada después de la hora prevista.

Anulación

Si se cancela el vuelo para el que tiene una reserva confirmada, tiene los mismos derechos a transporte alternativo, atención, reembolso e indemnización que los descritos anteriormente.

Sin embargo, no tiene derecho a indemnización en virtud del Reglamento de la UE si el incidente puede atribuirse a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado tomando todas las medidas razonables. Por ejemplo, malas condiciones meteorológicas, inestabilidad política, huelgas, riesgos de seguridad o deficiencias inesperadas en la seguridad de los vuelos.

Tampoco se ofrecerá compensación si hemos avisado a los pasajeros de la cancelación de un vuelo al menos dos semanas antes de la fecha de salida y/o en los casos en que un viaje combinado se cancele por motivos distintos a la cancelación de un vuelo.

Cómo solicitar la indemnización

Si presenta una solicitud en nombre propio, rellene el formulario de solicitud en línea. Si presenta una reclamación para más de un vuelo, rellene un formulario distinto para cada vuelo.

Puede reclamar en nombre de otras personas de su reserva, siempre que todas hayan viajado con el mismo número de reserva. Para los pasajeros con una referencia de reserva diferente se necesita una carta de autorización firmada por el pasajero por el que reclama.

Tenga en cuenta que sólo podemos tramitar solicitudes que contengan información completa y exacta sobre el vuelo. Es posible que le pidamos otros documentos para determinar su identidad y/o su derecho a reclamar.

Una vez enviada su solicitud, recibirá casi inmediatamente un acuse de recibo automático por Internet. Nos esforzamos por tramitar las solicitudes en un plazo de 45 días. No obstante, este plazo puede aumentar en función del volumen de solicitudes y de la calidad de la información facilitada por el solicitante.

Reglamento completo disponible aquí

Full regulations

Passenger Rights - Latvia
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